CONDICIONES Y REQUISITOS EN RJV

REMATE JUDICIAL VIRTUAL - RJV A NIVEL NACIONAL.

  1. Deberá enviar al correo electrónico o WhatsApp del Martillero Publico, dentro del plazo señalado, mediante deposito judicial electrónico, que lo deberá obtener en el Banco de la Nación. Este estará sujeto a la validación para su inscripción como postor. Al no resultar ganador, lo solicitara al juzgado para que le expidan la ORDEN DE PAGO, dentro de los dos días hábiles siguientes de conocerse el resultado de la subasta, que señala el Art 14, letra (d), de la ley 30229.  O de la presentación de su escrito solicitando la devolución de su oblje o garantía,  que se adecua al RJV. De resultar ganador, el Martillero Publico lo presentara al juzgado, anexando al escrito que informa la adjudicación, con el ACTA.

1.1.         También puede hacerlo mediante transferencia solo podrá hacer en efectivo a la cuenta personal del Martillero Publico, en el banco que el postor le convenga, este estará sujeto a la validación para la inscripción como postor. El importe no podrá ser menor del 10% del valor de tasación el bien a subastarse. Pero si puede ser mayor. De no resultar ganador, o suspnderse o frustrase el remate, el importe se le devolvera a mas tardar al dia siguiente habil, a la cuenta que el postor envie, bajo responsabiliadad del Martillero Publico, por la demora.

  1.  Deberá enviar  igual que el modo indicado en el punto uno, el arancel judicial, que tiene el código : 07153), por derecho a participar en la subasta. Este lo deberá solicitar en el Banco de la Nación. El importe puede verlo en tarifario de la pagina web del Martillero Publico o llamando. De resultar ganador, el Martillero Publico lo anexará a su escrito informando adjudicación. De no resultar ganador, el arancel será retenido por el Poder Judicial. Pero de suspenderse o frustrarse  la subasta, podrá solicitar copia certificada de su arancel, y pedir la devolución a recaudaciones o su habilitación para otras subastas.
  2. Deberá enviar su DNI, escaneada o por foto, por ambos lados
  3. Si va a  participar como persona jurídica, deberá adjuntar copia certificada con una antigüedad no mayor de 60 días.
  4. Fotocopia simple del RUC.
  5. En postor ganador, deberá presentar dentro del tercer día hábil de realizado el remate, la diferencia de su oblaje o garantía,  de la postura que realizo a la mesa de partes presencial o virtual, del  Juzgado de origen,  mediante escrito de apersonamiento.  Bajo responsabilidad de ley.
  6. Para poder inscribirse como Postor, los documentos de los puntos uno, dos, tres, cuatro y cinco deberá ser enviados al correo electrónico o WhatsApp del Martillero Publico,  que aparecen en el aviso judicial, hasta las 12:00:00 horas, del día hábil antes del remate. Su validación podrá hacerse hasta una hora antes iniciar la subasta, quedando confirmada su inscripción por whatsapp o correo electrónico al Postor.

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REQUISITOS Y CONDICIONES PARA PARTICIPAR EN UN REMATE JUDICIAL PRESENCIAL

1.   ¿Para participar en un remate judicial presencial, cual son los requisitos y condiciones?

1.1         Si es persona natural

1.1.1. Original y fotocopia del DNI

1.1.2.Oblaje (Garantía) que puede ser en efectivo o en cheque de gerencia a su nombre y sin el sello de NO NEGOCIABLE, y no será menos del 10% del precio DE TASACION.

1.1.3. Original y fotocopia del Arancel judicial de código 07153 por derecho a participar en el remate, el mismo que se adquiere  en el Banco de la Nación. El arancel debe contener el número del DNI del participante, el número del expediente y el nombre del Juzgado. (Recomendación antes de retirarse de la ventanilla, verifique bien los datos, caso contrario no podrá participar en el remate).

1.2         Si es persona jurídica

1.2.1 Original y fotocopia del Poder por escritura pública con una antigüedad no mayor de 60 días, y con facultades para participar en remates.

1.2.2 Fotocopia del RUC

1.2.3 Original y fotocopia del Arancel judicial indicando el número del RUC

1.2.4 Original y fotocopia del DNI.

1.2.5 El oblaje igual como está indicado para las personas naturales.


2.   ¿A dónde me presento con los requisitos?

En el lugar donde se va a llevar a cabo el remate y está indicado en el aviso publicado, es recomendable estar una media hora antes.

3.   ¿A quién le entrego los requisitos?

La Martillera Publica una vez que ha leído el aviso judicial, llama a los postores que están interesados a participar en el remate, y es el momento de entregar los requisitos.

4.   ¿Cómo se hacen las propuestas?

Se hacen a viva voz y levantando la mano.

5.   ¿En qué momento la  Martillera Pública adjudica?

Si al realizar el primer llamado nadie lo mejora la propuesta, al segundo llamado lo adjudicara.

6.   ¿Si no me adjudico, pierdo el oblaje?

NO, el oblaje le es devuelto inmediatamente concluido el remate judicial.

7.   ¿El arancel judicial también se me devuelve?

NO, el Martillero Publico lo retiene, y será entregado al Poder Judicial.

8.   ¿Si me adjudico el bien, en qué momento pago la diferencia del 90% restante del oblaje?

Si es bien mueble, el pago lo hace de inmediato concluido el acto de remate.

Si es bien inmueble, dentro de los tres días hábiles posteriores al remate.

9.   ¿Hay algún derecho que pagar independientemente del arancel judicial por derecho de participación en el remate, si me adjudico el bien?

SI, la COMISION de la  Martillera Publica que es de acuerdo a la Tabla de Aranceles, indicado en el Art. 18 del Decreto Supremo N° 008-2005-JUS, y esta afecto al IGV. El cual se le extenderá un comprobante de pago (Factura o Boleta).

10.                ¿Posteriormente al pago de la comisión de la  Martillera Pública, hay algún otro derecho que pagar?

 

 

SI, un arancel judicial con código 07455 por derecho de saneamiento y expedición de partes judicial, que es el equivalente al 1% del valor de adjudicación.

Para más información puede ponerse en contacto por vía electrónica o telefónica con una asesora de servicios.